Registro de jornadas de trabajadores

14 recomendaciones del registro de jornadas de trabajadores

El pasado 12 de mayo entró en vigor el registro de jornadas de trabajadores, y poco a poco estamos viendo la luz en lo que respecta a cómo va a regularse desde Inspección de Trabajo y el Ministerio de Trabajo. En este sentido, hace unas semanas se publicó el Criterio de Inspección para el control del horario. Este documento es muy importante, ya que complementa la guía del Ministerio de Trabajo para el registro de jornada. En base a estos dos documentos, hemos querido desarrollar 14 recomendaciones del registro de jornadas de trabajadores, que deberíamos tener en cuenta a la hora de implementar un sistema en nuestra empresa.

¿Cuáles son los principales puntos en el registro de jornadas de trabajadores?

Tenemos que tener en cuenta que esta nueva normativa no solo regula el registro en sí de la jornada laboral, sino que también regula aspectos como la negociación colectiva que hay que llevar a cabo a la hora de implementar un sistema y los periodos de conservación de los registros. Por otro lado, también es importante tener en cuenta qué debemos registrar y por qué. Os dejamos con nuestras 14 recomendaciones.

  1. El sistema deberá, como mínimo, registrar el inicio y el final de la jornada diaria de forma que no pueda modificarse posteriormente.
  2. Recordamos que el registro debe estar a disposición de la Inspección de Trabajo en el centro de trabajo y en tiempo real.
  3. Deberá usarse el sistema menos intrusivo posible en relación con los datos personales del trabajador.
  4. En general, el registro es el medio de control para determinar si en el cómputo anual hay exceso y no para determinar la existencia de horas extraordinarias diarias.
  5. Los registros estarán a disposición de los trabajadores, representantes legales e inspección de trabajo.
  6. Esta obligación no debería cambiar ni el horario ni la jornada que hasta ahora han realizado los trabajadores. Tenemos que conocer el convenio colectivo aplicable así como los acuerdos existentes de empresa.
  7. No deberíamos cambiar de forma de actuar en lo que respecta a los descansos o pausas. Si hasta ahora eran tiempo de trabajo y queremos regularlo, convendría realizar acuerdos con los trabajadores.
  8. Si existe representación legal de los trabajadores, debemos comenzar una negociación para la organización y documentación del registro de jornada.
  9. Tenemos que tener en cuenta la flexibilidad horaria existente en nuestra empresa y escoger una solución que se adapte a la misma.
  10. Con la ley en la mano, la empresa podrá adoptar las medidas que estime oportunas para verificar el cumplimiento, por parte del trabajador, de sus obligaciones y deberes laborales.
  11. Asimismo, la empresa tiene la obligación de velar por el cumplimiento de la jornada laboral ordinaria, cumpliendo las máximas de seguridad y salud en el trabajo.
  12. Deberemos definir las instrucciones para la realización de los registros, así como intentar acordarlas con la representación legal o los trabajadores.
  13. El trabajador no tiene, a no ser que exista un acuerdo, la capacidad de decidir hacer más horas fuera de su jornada establecida. En este sentido, no podría ni quedarse más tiempo o llegar antes sin autorización. El incumplimiento por parte de los trabajadores de las instrucciones empresariales, supone una infracción conforme a los regímenes disciplinarios de los distintos convenios colectivos.
  14. No cumplir con las obligaciones en lo que respecta al registro de jornadas, constituye una infracción administrativa que conlleva una sanción.

Os queremos dejar también con una infografía que recoge los puntos más importantes del registro de jornadas de trabajadores.

 

Recomendaciones en el registro de jornadas de trabajadores

¿Podemos ayudarte desde CEESA?

En CEESA hemos desarrollado dos soluciones informáticas para la gestión del registro horario. Estas dos aplicaciones están pensadas para el cumplimiento de la normativa y para la conservación de los registros.

  • Tus Horas – Es una aplicación web para el registro de fichajes de los trabajadores. Es un sistema sencillo al cual se puede acceder desde cualquier dispositivo y registra y guarda los fichajes de los trabajadores.
  • Presencia IGP ClickFINGER – Es un completo software de control de presencia. Gestiona calendarios de trabajadores, liquidaciones, horas extras, bolsas de horas, control de departamentos, etc. Puede sincronizarse con máquinas biométricas de Suprema. Dispone de su propia aplicación móvil para fichar desde cualquier smartphone Ios o Android.

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