MEdidas de apoyo de las haciendas forales por la crisis del COVID-19

Medidas de apoyo de las Haciendas Forales ante la crisis del COVID-19

Las Haciendas de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa han publicado una nota de prensa adelantando las principales medidas que acaban de acordar y que serán publicadas en un Decreto Foral-Normativo que los próximos días será llevado a los Consejos de Gobierno de las tres diputaciones. ¿Cuáles son las principales medidas de apoyo de las Haciendas Forales previstas en este futuro documento?

Apoyo a los sectores más perjudicados por la crisis del COVID -19

Las medidas de apoyo acordadas por las tres Haciendas Forales están dirigidas a los sectores más perjudicados por la crisis generada por la pandemia nacida hace más de un año del virus del COVID-19. En este sentido, se pretende ayudar, de forma especial, a autónomos y pequeñas empresas. Aunque el decreto Foral-Normativo incluirá otras medidas, en la nota de prensa se destacan tres.

Incentivos fiscales para arrendadores que rebajen rentas de alquiler

La primera gran medida de apoyo de las Haciendas Forales ante la crisis del COVID-19, tiene que ver, con la creación de nuevos incentivos fiscales a los arrendadores que rebajen la renta a los negocios de sectores afectados por la crisis como la hostelería o el pequeño comercio.

Este incentivo se aplicará en las rentas derivadas de los arrendamientos de negocio, de los locales de negocio y pabellones, y de viviendas en las que se realicen actividades económicas. Este inventivo está previsto tanto en el IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades.

  • En el IRPF, la cuantía de la rebaja en el alquiler será considerado gasto deducible. Además, si el arrendamiento constituye un rendimiento del capital para el arrendador y existe parte del gasto que no puede deducir por no tener ingresos suficientes, este dará derecho a una deducción en la cuota íntegra del 15%. Si aún así, el arrendador tampoco cuenta con cuota suficiente para poder beneficiarse de la deducción, podrá aplicarla en el IRPF del año siguiente.
  • En el Impuesto sobre Sociedades, la rebaja de alquiler en rentas a negocios de sectores más perjudicados por la crisis, también se considerará gasto deducible.

Por último, para poder beneficiarse de estas deducciones, el arrendador deberá cumplir dos requisitos:

  • La rebaja en el alquiler deber durar al menos 3 meses durante 2021.

No podrá existir ningún tipo de compensación o recuperación de la rebaja mediante incrementos de los alquileres, otras prestaciones u otro tipo de contraprestación.

Obligación de autoliquidar e ingresar los pagos fraccionados correspondientes al primer y segundo trimestre de 2021

Los autónomos, al igual que durante 2020, no estarán obligados a autoliquidar e ingresar los pagos fraccionados correspondientes al primer y segundo trimestre de 2021.

Nuevas deducciones para facilitar la reanudación de actividades económicas

La tercera gran medida no ha sido desarrollada, pero estará conformada por nuevas deducciones que faciliten la reanudación de actividades económicas afectadas por la crisis del COVID-19.

Apoyo a los sectores más perjudicados por la crisis del COVID -19

La información recogida en este post es un resumen de la nota de prensa publicada por la Diputación Foral de Bizkaia. Puedes acceder a la misma aquí.

En CEESA, disponemos de un servicio de asesoramiento fiscal para autónomos profesional. Si tienes alguna duda al respecto de estas medidas o de cualquier otra materia del ámbito fiscal, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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